PARA ILUSTRARSE C.E.C.A/M.C.C.A
- fla-k070
- 24 feb 2016
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¿EN QUE CONSISTE?
El Tratado General de Integración Económica Centroamericana entró en vigencia el 4 junio de 1961.
El propósito de establecer un mercado unificado de los países centroamericanos es aún más antiguo que el de la ALADI, pues se remonta a 1951, pero su realización se ha visto obstaculizada por graves eventos políticos y factores externos. Hacia finales de los años 80, empero, se han dado condiciones propicias para retomar la ruta de la integración regional inspirada en una proyección conjunta hacia afuera de los países del área. De este modo, los presidentes de los países centroamericanos han señalado que para tal propósito se debe perfeccionar una zona de libre comercio y utilizar el mercado común regional para lograr una mayor inserción en el mercado mundial.
¿OBJETIVO PRINCIPAL?
El objetivo de este Tratado es contribuir, gracias al mercado común del carbón y el acero, a la expansión económica, al desarrollo del empleo y a la mejora del nivel de vida, tal y como se afirma en el artículo dos del Tratado. Las instituciones deben velar por el abastecimiento regular del mercado común garantizando un acceso equitativo a los medios de producción, velando por el establecimiento de los precios más bajos y por la mejora de las condiciones laborales. A todo ello debe unirse el desarrollo de los intercambios internacionales y la modernización de la producción.
De cara al establecimiento del mercado común, el Tratado instaura la libre circulación de productos, sin derechos de aduana ni impuestos. Prohíbe las medidas o prácticas discriminatorias, las subvenciones, las ayudas o las cargas especiales del Estado y las prácticas restrictivas
¿OBJETIVOS ESPECIFICOS DEL ACUERDO?
La Comunidad Europea de Carbón y del Acero (CECA) tiene como objetivos específicos los de velar por el racional funcionamiento del mercado de los productos carboníferos y siderúrgicos, dada la importancia de ambos productos para las economías de los países miembros de la CEE, de forma que los intereses de los consumidores, los productores y los generales de cada país y de la Comunidad en su conjunto queden salvaguardados.
¿FUNCION PRINCIPAL DEL ACUERDO?
mejorar las condiciones de vida y de trabajo y promover los intercambios internacionales en las industrias del carbón y del acero de los países firmantes. Quedan prohibidos por dicho Tratado, y en el ámbito del mismo, los derechos de aduana y tasas de efecto equivalente, las subvenciones y ayudas de naturaleza similar concedidas por los Estados miembros, y las prácticas discriminatorias y restrictivas de todo tipo, bien sea en cantidad, precio o transporte, que supongan una distorsión en el correcto funcionamiento de un mercado de competencia.
¿FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL ACUERDO?
Promover investigaciones comunes en materia de salubridad, los aspectos técnicos y los efectos sobre el medio ambiente de las industrias siderúrgica y carbonífera. además de los fondos que cada estado miembro aporta en función del volumen de su producción de carbón y acero, el presupuesto de la ceca se nutre de una cotización empresarial que se fija anualmente, que se destina básicamente a sufragar los gastos administrativos y a financiar subvenciones a fondo perdido.

¿IMPORTANCIA DEL ACUERDO?
Su población representa un 6,5% y su territorio un 2,1 % del total de América Latina.
Su producto Interno Bruto es el 2,2% de la región. Actualmente el MCCA constituye una unión aduanera imperfecta.
El comercio intrarregional es hoy día de vital importancia para los países, ya que representa una cuarta parte de sus exportaciones totales y una porción significativa de sus importaciones. El coeficiente de comercio interno es por cierto considerablemente mayor que los correspondientes a otros esquemas de integración de América Latina (ALADI, CARICOM, Grupo Andino, y MERCOSUR). La alta proporción de comercio intrarregional es de particular relevancia, ya que se trata de pequeñas economías altamente dependientes de sus exportaciones. Más aún, los productos que se comercian entre los países son en un 80% productos manufacturados - de mayor valor agregado que las exportaciones tradicionales - y constituyen la parte más dinámica de las exportaciones industriales de los países. La incidencia del comercio intrarregional en el total de las exportaciones en términos del peso de las mercaderías, es también creciente pero menor (14% en 1993). Ello se debe a que los productos manufacturados tienen un peso con relación a su costo menor que las exportaciones tradicionales de productos agrícolas, las cuales representan el grueso de las exportaciones a terceros países.

¿CUAL ES SU ESTRUCTURA?
En el marco de la estructura institucional del MCCA, los órganos principales[v] previstos para la aplicación del Tratado General, en 1960 eran, a saber:
a) el Consejo Económico Centroamericano: encargado de la ejecución de las resoluciones del Comité de Cooperación Económica del Istmo centroamericano referentes a la integración económica y supervisión de los trabajos del Consejo Ejecutivo. El Consejo Económico estaba compuesto por los Ministros de Economía de los países miembros;
b) el Consejo Ejecutivo: encargado de la aplicación y administración del Tratado General, de la resolución de los problemas que sean suscitados con motivo de las disposiciones del Tratado, realizar las gestiones que tengan por objeto alcanzar la unión económica de Centroamérica, y proponer a los gobiernos la suscripción de convenios multilaterales que fuesen necesarios para alcanzar la integración económica centroamericana, incluyéndose la unión aduanera entre sus territorios. El Consejo Ejecutivo estaba integrado por funcionarios de los países miembros. Cada país miembro nombraba a un "funcionario propietario" y un suplente.
c) la Secretaría Permanente: encargada de velar por el cumplimiento de las decisiones de los otros órganos y por la aplicación de todos los tratados que estuviese directa o indirectamente relacionados con la integración centroamericana. La Secretaría era por lo tanto, el órgano administrativo del MCCA. Se contempló un Secretario General que presidiría los trabajos de la Secretaría. Dicho Secretario General seria elegido por el Consejo Económico Centroamericano para un período de tres años.
Se debe tener en cuenta que la estructura institucional del MCCA presenta la forma clásica de las organizaciones internacionales. O sea, un órgano directivo, un órgano ejecutivo y una secretaria. En este sentido, el tratado constitutivo puede utilizar los términos que los legisladores juzguen oportunos para nombrar sus instituciones.
¿CUAL ES LA GESTION QUE CUMPLE EL ACUERDO?
"Los Estados Parte promoverán el desarrollo de la infraestructura física y los servicios, particularmente energía, transporte y telecomunicaciones, para incrementar la eficiencia y la competitividad de los sectores productivos, tanto a nivel nacional y regional, como internacional. Asimismo, convienen en armonizar las políticas de prestación de servicios en los sectores de infraestructura, a fin de eliminar las dispersiones existentes, particularmente en el ámbito tarifario, que afecten la competitividad de las empresas de la región.
"En consecuencia, los Estados Partes mantendrán plena libertad de tránsito a través de sus territorios para las mercancías destinadas a cualquiera de los otros Estados Parte o procedentes de ellos, así como para los vehículos que transporten tales mercancías. Garantizarán asimismo la libre competencia en la contratación del transporte sin perjuicio del país de origen o destino.

¿PAIS QUE LO INTEGRA?
Está integrado por Guatemala, El Salvador, Honduras, Nicaragua y Costa.
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